Bienvenidos todos aquellos que queréis seguir la actualidad política desde una perspectiva más profunda y técnica.
Estrategos comienza su andadura a la par de la XI Legislatura. Desde nuestro equipo, consideramos que la nueva situación política surgida el pasado 20 de diciembre ha desembocado en un sistema de partidos que ha fracturado el bipartidismo, al que estábamos tan acostumbrados, en una amalgama partidista altamente volátil que arroja pocas certidumbres sobre el futuro más próximo.
Desde que se constituyeran las Cortes Generales el pasado 13 de enero, los cambios sufridos, sobretodo en el Congreso de los Diputados ya que el Senado continúa con una mayoría absoluta popular, han sido relevantes.
Desde el cambio de color de la presidencia de la Cámara Baja con la designación de Patxi López como Presidente del Congreso de los Diputados, hasta la distribución de los escaños según los grupos parlamentarios están señalando que esta legislatura no será como las anteriores.
Otro ejemplo claro de la peculiaridad de la XI Legislatura es la situación de desgobierno en la que las Cortes Generales han quedado sumidas hasta la conformación de un nuevo ejecutivo. Dadas las dudas existentes en los grupos parlamentarios a la hora de poder ejercer funciones legislativas y de control, previa formación de un nuevo gobierno y con el actual gobierno en funciones, se encargó un informe jurídico a los servicios del Congreso de los Diputados que determinaron que “la primera tarea del nuevo Congreso de los Diputados es la investidura del Presidente del Gobierno,… pues el sistema parlamentario exige la existencia de dos sujetos, Gobierno y Parlamento, plenamente investidos de sus facultades”.
Los letrados de la Cámara fundamentan su informe basándose en el artículo 21 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que señala que el Gobierno en funciones no puede aprobar “Proyectos de Ley de Presupuestos Generales del Estado” o “presentar Proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado”, quedando, además, suspendidas “las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes Generales…durante todo el tiempo que el Gobierno esté en funciones”. Sin embargo, el mismo informe sí señala actividades que el Congreso de los Diputados puede comenzar a ejecutar inmediatamente. Entre los trabajos que puede iniciar se encuentran la Comisión de Peticiones, la Comisión del Estatuto de los Diputados y la Comisión de Reglamento al ser comisiones que afectan a competencias propias del Congreso de los Diputados y su funcionamiento ordinario.
Pese a la certeza del inicio de estas comisiones, existe, sin embargo, cierta discrepancia sobre la oportunidad de la creación de las Comisiones Permanentes Legislativas. El informe de los servicios jurídicos de la Cámara Baja establece que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 46.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados, que señala las Comisiones Permanentes existentes en éste, son ficticias puesto que legislatura tras legislatura dicho artículo 46.1 se ha modificado casi “ipso facto” para solapar las comisiones con las estructuras ministeriales que crease el nuevo Gobierno en sus primeros días. Sin embargo, esta situación podría ser conflictiva, ya que podrían conformarse las Comisiones Permanentes Legislativas acordes a los departamentos ministeriales de la X Legislatura y que en varias semanas o meses, el nuevo Gobierno, en caso de haberlo, decidiese conformar una nueva estructura departamental totalmente diferente. Si bien no caben dudas sobre las Comisiones de Constitucional y Presupuestos puesto que ambas siempre se dan en la práctica parlamentaria.
También queda claro en dicho informe que los grupos parlamentarios podrán presentar Proposiciones de Ley ya que el Gobierno sólo actúa en este procedimiento para dar conformidad o no sobre la tramitación de la iniciativa, es decir, un acto sobrevenido por la actuación de un tercero. No una iniciativa propia. Sin embargo, el problema de la actividad legislativa vendría de nuevo dado, en el caso de que el Gobierno en funciones acepte la tramitación pero no se conformen las Comisiones Permanentes Legislativas, dado que el procedimiento ordinario de tramitación en la Cámara Baja se vería interrumpido por tal ausencia.
En materia de control al Gobierno, el informe señala que la Mesa del Congreso “podrá admitir y ordenar la tramitación de las iniciativas de control e información (preguntas, interpelaciones, comparecencias y solicitudes de informe) que pudieran plantearse, siempre referidas al ejercicio de las funciones” propias del Gobierno en funciones. Sobre las Proposiciones no de Ley manifiesta que no debería existir problema alguno con aquellas “que constituyan una mera manifestación de voluntad de la Cámara” o aquellas destinadas a funciones propias de un Gobierno en funciones.
El panorama político a corto plazo es, a fecha de hoy, todavía incierto. Las conversaciones entre diferentes formaciones políticas para conseguir apoyos y formar un nuevo Gobierno se están sucediendo pero parece no haber un claro ganador.
Es en este nuevo panorama, donde el diálogo y la multilateralidad van a ser elementos vitales a la hora de llevar al plano político cualquier tipo de cuestión, nacemos con la intención despejar incógnitas y facilitar a nuestros seguidores y clientes el cumplimiento de sus objetivos.